6 de Enero del 2009

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Requisitos para llevar a cabo el Servicio Social:

 

Prácticas Profesionales

 

 

Concepto

 

Se entiende por Prácticas Profesionales a la actividad temporal obligatoria desarrollada por el alumno en una empresa privada o institución pública, que le permita desarrollar actividades relativas a la carrera que está cursando, en condiciones similares a las del campo de trabajo; éstas deberán realizarse en instituciones vinculadas con el Sistema CONALEP y constituyen uno de los requisitos para obtener el Título de Profesional Técnico-Bachiller.

 

Para la realización de las Prácticas Profesionales el alumno o egresado deberá observar las disposiciones establecidas en el Reglamento Académico Escolar para Alumnos del Sistema CONALEP.

 

 

Requisitos

 

·                El alumno podrá iniciar sus Prácticas Profesionales a partir de la conclusión del cuarto semestre.

 

·                Para el alumno de tiempo parcial cuando haya acreditado un mínimo de 66% de su plan de estudios.

 

·                La duración es de 360 horas, las cuales se comprobarán con la constancia expedida por el representante de la Empresa o Institución donde el alumno las realice.

 

 

Quedan exentos de realizar Prácticas Profesionales:

 

 

·                El alumno o egresado que curse o haya cursado una carrera de Profesional Técnico-Bachiller del Área de la Salud, que en su plan de estudios considere la realización de campos clínicos.

 

·                El alumno o egresado que encuentre laborando y demuestre mediante informe escrito y avalado por el representante de la empresa o institución, que las actividades realizadas durante los últimos seis meses, guardan relación directa con la carrera cursada.

 

·                El alumno con discapacidad, si así lo requiere, se le dará la opción de realizar las Prácticas Profesionales en el Plantel donde se encuentre inscrito.

 

·                En caso de que el alumno o egresado cometa alguna falta grave durante la realización de sus Prácticas Profesionales, la institución en donde presta éstas deberá sancionar al mismo.

 

·                El alumno que por causas justificadas haya tenido que interrumpir las Prácticas Profesionales, podrá continuarlas solicitando al Comité Técnico Escolar del Plantel que se le tomen en cuenta las horas practicas, siempre y cuando presente el documento emitido por la Institución pública o privada que avale dicha información.

 

·                Cuando el alumno cumpla con sus Prácticas Profesionales se deberá extender una constancia que acredite su cumplimiento y liberación, la misma se debe integrar al expediente del alumno.

 

Para mayor información acudir al área de Servicios Escolares  y/o consultar el Reglamento Académico Escolar para alumnos del Sistema CONALEP.

 



Última Fecha de Revisión: Jueves 19 de junio de 2008
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